Para poder pedir la nacionalidad española por matrimonio, el cónyuge extranjero debe reunir una serie de requisitos:
Residencia legal en España durante un mínimo de un año antes de presentar la solicitud
Estar empadronado en España
No haber sido separado legalmente ni divorciado del cónyuge español
No haber renunciado voluntariamente a la nacionalidad española en los cinco años anteriores a la solicitud
Contar con certificado de penales expedido por las autoridades competentes de todos los países donde se haya residido durante los últimos cinco años
Tener buena reputación
Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
No hallarse en alguna de las situaciones que impidan adquirir la nacionalidad española, como por ejemplo tener antecedentes penales
Una vez que se reúnen estos requisitos, el cónyuge extranjero podrá solicitar la nacionalidad española ante el Registro Civil del municipio donde esté empadronado. No obstante, en algunos casos es necesario solicitar previamente un certificado de nacionalidad española que se tramita ante la Oficina de Nacionalidad del Ministerio de Justicia.