Para poder solicitar la baja paternal, el progenitor deberá reunir los siguientes requisitos:
- Ser el padre/madre del hijo/a nacido, adoptado o recibido en acogimiento, o en su caso, el tutor legal.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia o ajena.
- No estar cobrando por cualquier otro concepto las prestaciones por maternidad/paternidad, ni haber agotado los permisos por maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo o el parto.
- No estar en situación de excedencia o permiso por maternidad o paternidad.
- Que el hijo/a tenga menos de ocho años, en caso de que tenga una discapacidad reconocida, el límite de edad será de dieciocho años.
- Presentar la solicitud en el tiempo establecido para ello, que será desde el nacimiento del hijo/a hasta el siguiente mes natural.
Los progenitores que no cumplan con los requisitos anteriores no podrán acceder a la baja paternal, aunque sí podrán solicitar los permisos retribuidos por nacimiento o adopción de hijos.