Para solicitar la ayuda de los 45 años, deberás cumplir una serie de requisitos:
- Tener 45 o más años de edad.
- Estar empadronado en España.
- No estar en posesión de otra vivienda propia ni en usufructo, ni haberla cedido en arrendamiento.
- No haber sido condenado ni separado judicialmente por malos tratos a su cónyuge o pareja de hecho.
- No haber obtenido, directa o indirectamente, una subvención por la adquisición de vivienda dentro de los diez años anteriores a la solicitud.
- No haber sido declarado en concurso de acreedores.
- No percibir, directa o indirectamente, rentas superiores al límite establecido en la convocatoria correspondiente.
Una vez cumplimentados todos estos requisitos, podrás solicitar la ayuda de los 45 años para la adquisición de tu vivienda habitual.