requisitos para pedir ingreso minimo vital

El ingreso mínimo vital es una prestación por derecho propio de carácter no contributivo, que se otorga a aquellas personas que carecen de recursos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas. Esta prestación está regulada por el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, por el que se regula el Ingreso Mínimo Vital.

Para acceder al Ingreso Mínimo Vital, no se requiere haber cotizado ni tener un nivel mínimo de rentas. Únicamente se debe acreditar que se carece de recursos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas, y que no se percibe ninguna otra prestación o subsidio por parte del Estado o la Administración Pública.

Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital, es necesario que la persona solicitante cumpla los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años y menor de 65 años (excepto en los casos de personas en situación de dependencia, en cuyo caso no existe límite de edad).
  • Estar en situación de vulnerabilidad o exclusión social. Se entiende como tal aquella situación en la que se carece de recursos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas, y que no se percibe ninguna otra prestación o subsidio por parte del Estado o la Administración Pública.
  • Residir de forma habitual en España. Para ello, se debe acreditar mediante el correspondiente certificado de empadronamiento.
  • No tener capacidad de trabajo suficiente. Se entiende como tal aquella situación en la que la persona no pueda realizar una actividad laboral debido a su situación de salud, a su situación de cuidado, o a su condición de desempleo.
  • No percibir ninguna prestación o subsidio por parte del Estado o la Administración Pública.

Una vez cumplidos los requisitos anteriores, la solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (www.empleo.gob.es), utilizando el DNI electrónico o el Certificado electrónico de la persona solicitante, así como el NIF de la entidad gestora de la prestación (en el caso de las personas que perciben la prestación por cuenta ajena).

La solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (www.empleo.gob.es), utilizando el DNI electrónico o el Certificado electrónico de la persona solicitante, así como el NIF de la entidad gestora de la prestación (en el caso de las personas que perciben la prestación por cuenta ajena).

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