Para solicitar una excedencia por cuidado familiar, el interesado deberá:
- Estar empadronado en el municipio en el que preste el servicio.
- No haber solicitado ni disfrutado de una excedencia por el mismo motivo en los últimos 3 años.
- No tener una relación laboral fija con la administración por la que se solicita la excedencia.
- No haber disfrutado de más de 6 meses de excedencia voluntaria en los últimos 5 años.
- No percibir una pensión ni cualquier otra prestación por jubilación, invalidez o muerte.
- No tener un contrato de interinidad ni estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- No haber sido condenado por un delito cometido con violencia contra las personas.
- No estar en situación de suspensión del ejercicio de funciones ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Acreditar que el familiar a su cargo tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
- Acreditar que el familiar a su cargo tiene una enfermedad grave que requiere su atención permanente.
- Acreditar que el familiar a su cargo es menor de 12 años o mayor de 65 años y que no dispone de otra persona que pueda atenderlo durante el horario de trabajo.