Para solicitar el asilo político en España, se debe reunir una serie de requisitos, entre los que se encuentran:
- Ser refugiado reconocido por el Estado español.
- No tener ninguna condena penal pendiente de ejecución ni estar sometido a proceso penal en curso.
- No haber cometido ningún acto considerado como delito grave o de terrorismo en el país de origen o en el país de tránsito.
- No estar incluido en la lista de personas prohibidas de entrada en España o en la lista europea de inadmisibles.
- Contar con pasaporte o documento de viaje válido.
- No ser objeto de orden de expulsión de España.
- Estar en posesión de los recursos económicos suficientes para su mantenimiento y el de su familia durante la estancia en España, así como para cubrir los gastos de su repatriación en caso de que así lo requiera el Estado español.
- No padecer enfermedad que represente un peligro para la salud pública.
- No constituir una amenaza para la seguridad nacional o para el orden público.
Una vez que se reúnen los requisitos anteriores, se debe presentar la solicitud de asilo en la Oficina de Asuntos de Inmigración y Extranjería más cercana, aportando los siguientes documentos:
- Pasaporte o documento de viaje válido.
- Tarjeta de registro de extranjeros (en el caso de extranjeros con residencia legal en España).
- Dos fotografías tamaño carnet.
- Certificado de penales expedido por las autoridades competentes del país de origen (en el caso de no estar exentos de este requisito).
- Tarjeta sanitaria del Sistema Nacional de Salud, Título de Viaje o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, según el caso.
- Documentación que acredite los vínculos familiares con los miembros de la unidad familiar que se pretende reunificar (en el caso de solicitudes de reunificación familiar).
- Documentación que acredite las circunstancias que fundamentan la solicitud de asilo.
Una vez presentada la solicitud, se le asignará un número de expediente y se le tomará declaración. A partir de este momento, se le considerará como solicitante de asilo y se le facilitará un certificado acreditativo. Si se trata de un menor de edad, se le asignará un tutor legal.
La tramitación de la solicitud de asilo puede durar varios meses, durante los cuales el solicitante de asilo debe permanecer en España. Una vez finalizada la tramitación, se adoptará una de las siguientes resoluciones:
- Conceder el asilo: se le reconoce el estatuto de refugiado y se le otorga la residencia permanente en España. También se le facilita el permiso de trabajo y el acceso a los servicios públicos de educación y sanidad.
- Denegar el asilo: se desestima la solicitud y se le ordena que abandonen el territorio nacional en un plazo de 30 días. Si no lo hace, se le podrá imponer una multa de hasta 3.000 euros.
- Conceder el asilo humanitario: se le reconoce el estatuto de protección subsidiaria y se le otorga la residencia temporal en España. También se le facilita el permiso de trabajo y el acceso a los servicios públicos de educación y sanidad.
- Denegar el asilo humanitario: se desestima la solicitud y se le ordena que abandonen el territorio nacional en un plazo de 30 días. Si no lo hace, se le podrá imponer una multa de hasta 3.000 euros.
En el caso de que la solicitud de asilo sea denegada, el interesado podrá interponer un recurso de revisión ante el Tribunal Central de lo Contencioso-Administrativo dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la resolución. También podrá solicitar asilo ante la Comisión Europea para los Derechos Humanos, si considera que su solicitud no ha sido debidamente tramitada.