requisitos para parejas de hecho

Para formalizar tu relación de pareja de hecho, debéis acreditar que convivís habitualmente y que compartís una vida en común, mediante la presentación de una serie de requisitos para parejas de hecho. La documentación necesaria para inscribir la relación de pareja de hecho en el Registro Civil varía en función del municipio donde residáis.

Aunque no existe una definición legal de pareja de hecho, se considera que una pareja de hecho es aquella que mantiene una relación afectiva de forma estable y continuada, aunque no estén casados. En España, las parejas de hecho no tienen los mismos derechos y obligaciones que las parejas casadas, aunque sí se les reconocen algunos derechos a nivel nacional y autonómico.

Para inscribir la relación de pareja de hecho en el Registro Civil, debéis dirigiros a la Oficina del Registro Civil del municipio donde residáis y presentar los documentos necesarios. En la mayoría de los municipios es necesario que ambos miembros de la pareja sean mayores de edad, que no estén casados ni empadronados en otro municipio y que no sean parientes en primer grado de consanguinidad o afinidad.

En algunos municipios también se requiere que la pareja acredite que mantiene una relación estable y que convive en una vivienda común. Para ello, suelen solicitar la presentación de documentos como el contrato de alquiler o el recibo de la luz. También se suele pedir que la pareja presente un certificado de empadronamiento en el que figuren los dos miembros de la pareja.

En algunos municipios también se exige que la pareja presente un certificado de convivencia, que puede obtenerse en la Oficina de Registro de Actos de Última Voluntad y Capacidad de Actuar. Este certificado acredita que la pareja mantiene una relación estable y que convive en una vivienda común.

Una vez que hayáis reunido todos los documentos necesarios, debéis presentarlos en la Oficina del Registro Civil del municipio donde residáis. En algunos municipios es necesario hacer una cita previa, mientras que en otros basta con acudir a la Oficina del Registro Civil. En la Oficina del Registro Civil se tramitará la inscripción de la relación de pareja de hecho en el Registro Civil.

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