Para poder ser considerada pareja de hecho en España, la ley exige que ambas personas cumplan los siguientes requisitos:
- Tener 21 años de edad o más.
- No estar unidas por matrimonio ni por relaciones de parentesco. En concreto, no podrán ser consideradas pareja de hecho las personas que se encuentren dentro del grado de consanguinidad o afinidad establecido en el Código Civil.
- Estar empadronados en la misma vivienda.
- No poder ser inscritos como pareja de hecho en otro municipio.
- No tener impedimento matrimonial.
Para acreditar que se reúnen los requisitos anteriores, las personas que quieran inscribirse como pareja de hecho deberán presentar los siguientes documentos:
- Documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia de ambas personas.
- Certificado de empadronamiento en el que figuren ambas personas con la indicación del tiempo que llevan empadronadas en el municipio.
- Si alguna de las personas ha estado previamente inscrita como pareja de hecho en otro municipio, deberá acreditar que ha solicitado la baja en dicho registro.
- En el caso de que alguna de las personas sea menor de edad, deberá presentar el consentimiento de sus padres o tutores.
Una vez que se hayan presentado todos los documentos requeridos, el ayuntamiento emitirá un certificado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho. A partir de ese momento, las personas inscritas como pareja de hecho tendrán derecho a beneficios fiscales y prestaciones sociales iguales a los de las parejas casadas.