requisitos para pareja de hecho en españa

Para poder solicitar el certificado de empadronamiento de pareja de hecho en España, es necesario que ambos miembros de la pareja:

  • Tengan 18 años de edad o más.
  • No estén casados ni unidos civilmente con otra persona.
  • No sean ascendientes ni descendientes uno del otro.
  • No sean hermanos ni hermanas uno del otro.
  • Estar empadronados en el mismo municipio.
  • Que conste su relación en el registro civil de extranjería o, en su defecto, aportar documentación que acredite dicha relación (por ejemplo, un contrato de arrendamiento a nombre de ambos, una factura en la que conste que ambos abonan un servicio en común, etc.).

Una vez que se cumplen los requisitos anteriores, la pareja de hecho deberá solicitar el certificado de empadronamiento en el ayuntamiento del municipio en el que estén empadronados. Para ello, deberán presentar los siguientes documentos:

  • DNI o tarjeta de residencia de ambos miembros de la pareja.
  • Solicitud debidamente cumplimentada y firmada por ambos miembros de la pareja.
  • Documentación acreditativa de la relación de hecho que se desea constituir (por ejemplo, un contrato de arrendamiento a nombre de ambos, una factura en la que conste que ambos abonan un servicio en común, etc.).

Una vez solicitado el certificado de empadronamiento de pareja de hecho, el ayuntamiento tendrá un plazo de 10 días hábiles para resolver la solicitud. En caso de que la solicitud sea denegada, la pareja de hecho podrá recurrir la decisión del ayuntamiento ante la junta de gobierno local en el plazo de 10 días hábiles.

El certificado de empadronamiento de pareja de hecho es personal e intransferible. En caso de que uno de los miembros de la pareja falleciera, el otro perdería el certificado. Asimismo, en caso de que la pareja se separara, ambos miembros podrán solicitar el borrado de su relación en el certificado.

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