Para poder inscribirse como pareja de hecho en Cataluña, ambos miembros de la pareja deberán:
- Ser mayores de edad. Ambos miembros de la pareja deberán tener 18 años de edad o más.
- Estar en una relación de convivencia. Ambos miembros de la pareja deberán estar conviviendo juntos de forma estable y continua.
- No estar casados ni en una relación de pareja de hecho registrada. Ambos miembros de la pareja no podrán estar casados ni registrados como pareja de hecho con otra persona.
- No tener parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado. Ambos miembros de la pareja no podrán ser familiares en línea directa (padres, hijos, hermanos) o en línea colateral hasta el tercer grado (tíos, primos).
Una vez que ambos miembros de la pareja cumplan con los requisitos anteriores, podrán inscribirse como pareja de hecho en Cataluña mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Un formulario de inscripción debidamente cumplimentado y firmado por ambos miembros de la pareja.
- Un documento de identidad válido (pasaporte, DNI, NIE, tarjeta de residencia, etc.) para ambos miembros de la pareja.
- Una fotocopia simple del documento de identidad de ambos miembros de la pareja.
- Una declaración jurada de convivencia en la que ambos miembros de la pareja declaren que cumplen con los requisitos necesarios para poder inscribirse como pareja de hecho en Cataluña.
Una vez que se hayan presentado todos los documentos requeridos, la pareja deberá abonar la tasa correspondiente y esperar a que se les asigne una cita previa para realizar la inscripción. La inscripción se realizará en el Registro Civil de la localidad donde ambos miembros de la pareja tengan su domicilio habitual.