Para solicitar la residencia en España por matrimonio, el cónyuge extranjero deberá reunir una serie de requisitos, entre los que se encuentran:
- Estar casado con un ciudadano español o con una persona que posea la nacionalidad de otro país de la Unión Europea, salvo los ciudadanos de Suecia, Dinamarca e Irlanda, que no están sujetos a este requisito.
- No estar separado legalmente, ni divorciado del cónyuge español.
- Tener vínculos efectivos con España, acreditados mediante la posesión de un permiso de residencia en vigor, o mediante una declaración responsable de que se dispone de los medios económicos suficientes para residir en España y para subsistir sin recurrir a la prestación por desempleo o a la asistencia social.
- No haber sido expulsado de España ni de ningún otro Estado miembro de la Unión Europea.
- No estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- No tener antecedentes penales en España ni en ningún otro país.
- Estar en posesión de un certificado literal de matrimonio válido, expedido por las autoridades competentes del país en el que se contrajo matrimonio o, en su defecto, por las autoridades consulares españolas en el extranjero.
- Estar en posesión de un certificado de nacimiento válido, expedido por las autoridades competentes del país de origen o, en su defecto, por las autoridades consulares españolas en el extranjero.
- Estar en posesión de un certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento correspondiente, en el que figuren el cónyuge español y el solicitante de residencia.
- Estar en posesión de una tarjeta de identidad de extranjero en vigor, expedida por las autoridades competentes.
- No haber transcurrido más de un año desde la fecha de matrimonio.
- Contar con seguro médico que cubra la totalidad de los riesgos sanitarios a los que se puede estar expuesto en España.
Una vez que se hayan reunido todos los requisitos, el cónyuge extranjero deberá presentar la solicitud de residencia en el Registro Civil, acompañada de los documentos necesarios.