requisitos para nombramiento docente

Los requisitos para el nombramiento docente son establecidos por la Ley Orgánica de Educación (LOE), la Ley General de Educación (LGE) y el Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Profesorado (RIPPP). En concreto, el artículo 44 de la LOE establece que el nombramiento en el empleo docente requiere, como mínimo:

  • Estar en posesión de la Título de Grado, en el caso de los Profesores de Enseñanza Secundaria.
  • Estar en posesión de la Titulación de Grado o de Diplomatura, en el caso de los Profesores de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, enseñanzas Profesionales de Formación Profesional de nivel 1, de Formación Profesional de nivel 2 y de Enseñanzas de Régimen Especial.
  • Estar en posesión de la Titulación de Licenciatura o de Diplomatura, en el caso de los Profesores de Enseñanzas de Régimen General.

No obstante, en el caso de las enseñanzas de Régimen Especial se establece que el nombramiento podrá requerir, además de los requisitos anteriores, la posesión de una titulación específica o de una acreditación de capacitación específica. Asimismo, para el acceso al empleo docente en el ámbito de la educación especial se requiere, además de los requisitos anteriores, la posesión de una titulación específica o de una acreditación de capacitación específica.

En cualquier caso, para el nombramiento en el empleo docente es requisito imprescindible haber superado un proceso selectivo de acceso al empleo público de carácter nacional, regional o provincial, de conformidad con lo que se establezca en la legislación vigente en materia de función pública.

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