Los extranjeros que vayan a residir en España por un período superior a tres meses necesitarán obtener el Certificado de Registro de Extranjeros (NIE).
Para tramitarlo, deberán acudir a la Oficina de Extranjería de la Policía Nacional o de los Mossos d'Esquadra (si se encuentran en Cataluña) con los siguientes documentos:
- Pasaporte o documentación acreditativa de la nacionalidad del solicitante.
- Documentación justificativa de la actividad a desarrollar en España.
- Documentación justificativa de medios económicos suficientes para el mantenimiento y alojamiento en España.
- Tarjeta sanitaria internacional o, en su defecto, contrato de seguro médico que cubra los gastos sanitarios en España.
- En el caso de los menores de edad, autorización paterna o tutoría legal, según corresponda.
Una vez tramitado el NIE, el extranjero tendrá que registrarse en el Padrón Municipal de Habitantes de la localidad donde vaya a residir. Para ello, deberá acudir a la Oficina de Registro de la localidad en cuestión y presentar los siguientes documentos:
- Pasaporte o documentación acreditativa de la nacionalidad del solicitante.
- Certificado de Registro de Extranjeros (NIE).
- Documentación acreditativa del domicilio en España.