La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, reconoce el derecho de las mujeres víctimas de violencia de género a obtener una protección especializada. Asimismo, establece que el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, llevará a cabo las acciones necesarias para facilitar el inicio del procedimiento de obtención del NIE a las mujeres víctimas de violencia de género que no dispongan de este documento.
El procedimiento para la obtención del NIE es el siguiente:
El NIE es un documento personal e intransferible que acredita la identidad y el estado civil de la persona que lo ostenta y que será expedido por la Oficina de Registro Civil a la que se dirija la solicitud. El NIE se expedirá por primera vez con una validez de cinco años y podrá ser renovado por iguales períodos.