Para solicitar la nacionalidad española por matrimonio, el cónyuge extranjero debe:
- ser mayor de edad
- no tener antecedentes penales que impidan la entrada y residencia en España
- haber estado casado con un ciudadano español durante al menos dos años
- residir legalmente en España con un permiso de residencia ininterrumpido durante los cinco años anteriores a la solicitud
- tener un conocimiento suficiente de la lengua española
- no tener impedimentos para contraer matrimonio en España
- no haber sido separado judicialmente o divorciado del cónyuge español
Además, el cónyuge extranjero debe acreditar que:
- conoce los principios y valores fundamentales del Estado español, así como los derechos y deberes que conlleva la nacionalidad española
- no padece enfermedad mental o física que le impida hacer frente a sus obligaciones como ciudadano
- no es una persona sometida a pena de muerte, prisión perpetua o privación de libertad mayor de diez años en ningún país
Finalmente, el cónyuge extranjero debe presentar un certificado de penales que acredite que no tiene antecedentes penales en ningún país.