requisitos para mosso de escuadra
    
    
    
      Los requisitos para ser mosso de escuadra son los siguientes:
- Tener entre 18 y 25 años de edad.
 
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
 
- No haber sido separado del servicio activo de ninguna Administración Pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas.
 
- No haber sido condenado por delito doloso, ni hallarse en proceso judicial penal abierto.
 
- Estar en posesión del Permiso de Conducir de la Clase B.
 
- No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.
 
- No haber sufrido sanción disciplinaria, salvo aquellas sanciones leves que hubiesen prescrito.
 
- Estar en posesión del Certificado de Penales expedido por el Ministerio de Justicia.
 
- No haber estado sometido a investigación ni hallarse en expediente de sanción por faltas graves o muy graves en el ejercicio de funciones públicas.
 
- Estar en posesión del Certificado Médico Oficial que acredite que el aspirante reúne las condiciones físicas y psíquicas exigidas para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo al que opta.
 
- No padecer enfermedad que contraindique el porte de armas.
 
- No tener antecedentes penales, salvo aquellas faltas leves que hubiesen prescrito.
 
- No haber sido objeto de separación del cuerpo al que pertenecía, salvo en los supuestos contemplados en la legislación vigente en la materia.
 
- Estar en posesión del Certificado de Conducta expedido por el Ministerio de Interior.
 
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria que implique suspensión de empleo o cargo público en los últimos cinco años.
 
- No haber sido condenado por delito doloso, salvo aquellas faltas leves que hubiesen prescrito.
 
- No estar separado mediante sentencia firme de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado u organismos de seguridad autonómicos.
 
- No haber estado sometido a investigación ni hallarse en expediente de sanción por faltas graves o muy graves en el ejercicio de funciones públicas.
 
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria que implique suspensión de empleo o cargo público en los últimos cinco años.
 
- Ser de nacionalidad española.
 
- No padecer enfermedad que contraindique el porte de armas.
 
- Estar en posesión del Certificado de capacitación en primeros auxilios expedido por la Cruz Roja o equivalente.