Para contraer matrimonio civil en España se requiere:
- Ser mayor de edad. Los contrayentes deben tener 18 años cumplidos.
- Estar solteros. No pueden estar casados ni haber contraído matrimonio anteriormente.
- No estar emparentados en línea recta ni en colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad ni hasta el segundo de afinidad.
- No hallarse impedidos matrimonialmente. Deben estar en pleno uso de sus derechos civiles y no padecer impedimentos matrimoniales que impidan contraer nupcias.
- Consentimiento libre y voluntario de los futuros esposos. Los contrayentes deben manifestar su voluntad de contraer matrimonio ante el Oficial del Registro Civil.
- Documentación necesaria. Para contraer matrimonio civil en España es necesario que ambos contrayentes acrediten su identidad y estado civil. Para ello deberán aportar al Registro Civil en el que se va a celebrar el matrimonio los siguientes documentos:
- DNI, pasaporte o documento equivalente.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento actualizado a la fecha de la solicitud.
- Certificado literal de matrimonio o sentencia judicial que acredite la separación matrimonial, el divorcio o la nulidad del matrimonio, en caso de haber contraído matrimonio anteriormente.
- Documentación acreditativa de la capacidad económica para contraer matrimonio. En este sentido, se podrá aportar cualquier documentación que acredite que se dispone de los recursos económicos suficientes para mantener un hogar, tales como:
- Contrato de trabajo.
- Certificado de la Seguridad Social.
- Declaración del IRPF del último año.
- Tesina de fin de carrera.
- Pensión de jubilación, incapacidad permanente, viudedad o orfandad.
- Ayuda por desempleo.
Una vez que se cumplan todos estos requisitos, se podrá solicitar la cita previa para contraer matrimonio civil en el Registro Civil correspondiente.