Para contraer matrimonio civil en Colombia, se requiere que los contrayentes cumplan con los siguientes requisitos:
Estar en pleno uso de sus derechos civiles y capaces de entender el alcance de sus derechos y obligaciones. Lo anterior significa que las personas que contraigan matrimonio deben tener 18 años de edad o más.
Ambos contrayentes deben solicitar el acta de matrimonio en el registro civil de la localidad donde se va a celebrar el matrimonio. En la solicitud deberán consignar su nombre, edad, estado civil, domicilio, nacionalidad, profesión u oficio y, en su caso, los nombres de sus padres.
Los contrayentes deberán presentar una copia del acta de nacimiento original o certificada, así como su cédula de ciudadanía original o copia certificada. Si alguno de los contrayentes es extranjero, deberá presentar su pasaporte o cédula de identidad, según corresponda, y un documento que acredite que no está impedido para contraer matrimonio.
En caso de que alguno de los contrayentes hubiera contraído matrimonio anteriormente, deberá presentar la sentencia que acredite la terminación del vínculo, así como una certificación del registro civil donde conste que no existe impedimento para contraer nuevo matrimonio.
Una vez que se hayan presentado todos los documentos, se fijará una audiencia de conciliación ante el funcionario del registro civil, en la cual se les informará a los contrayentes sobre sus derechos y obligaciones. Si en esta audiencia no hay acuerdo, se podrá fijar una segunda audiencia de conciliación, en la cual se deberá resolver si procede o no el matrimonio.
Si se llega a un acuerdo, se extenderá el acta de matrimonio y se fijará la fecha en la que se celebrará el matrimonio. Si no se llega a un acuerdo, se archivarán las actuaciones y se notificará a las personas interesadas.