La Ciudad de México es una de las entidades federativas de México que permite el matrimonio civil entre personas del mismo sexo. El Distrito Federal se convirtió en la primera entidad del país en reconocer este tipo de matrimonios, después de que una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil del Distrito Federal, que definía el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. El matrimonio civil gay en la Ciudad de México se rige por las mismas leyes que el matrimonio entre personas heterosexuales.
Para contraer matrimonio civil en la Ciudad de México, se deben cumplir ciertos requisitos, entre los que se encuentran:
Una vez cumplidos estos requisitos, los contrayentes deberán realizar una solicitud de matrimonio ante la Oficina del Registro Civil, donde se les asignará una fecha para la celebración del matrimonio. En la solicitud de matrimonio, los contrayentes deberán presentar los siguientes documentos:
Una vez que se haya realizado la solicitud de matrimonio y se hayan presentado todos los documentos requeridos, la Oficina del Registro Civil emitirá una certificación preliminar de matrimonio. Con esta certificación, los contrayentes deberán acudir a la Oficina de Protocolo de la Ciudad de México, donde se les asignará una fecha para la celebración del matrimonio.
El matrimonio civil gay en la Ciudad de México se realiza ante un oficial del Registro Civil, quien leerá en voz alta los Artículos 1, 2 y 3 del Código Civil del Distrito Federal, que establecen los derechos y obligaciones de los cónyuges. A continuación, se leerá la Declaración de Aceptación del Matrimonio, que deberán firmar los contrayentes, así como dos testigos mayores de edad. Finalmente, se extenderá el acta de matrimonio, que será firmada por los contrayentes, los testigos y el oficial del Registro Civil.
El matrimonio civil gay en la Ciudad de México tiene los mismos derechos y obligaciones que el matrimonio entre personas heterosexuales. Los cónyuges tendrán los mismos derechos en materia de propiedad, alimentos, sucesión, seguridad social y pensión de invalidez, entre otros. Asimismo, los cónyuges tendrán las mismas obligaciones en materia de alimentos, fidelidad, respeto y convivencia.