Para contraer matrimonio civil entre un ecuatoriano y un extranjero en el Ecuador, se requiere:
- que ambas personas sean mayores de edad y estén solteras
- que ambas personas presenten su documentación personal en original y copia simple, incluyendo:
- una cédula de identidad
- un pasaporte vigente
- un certificado de nacimiento
- un certificado de soltería o divorcio, según corresponda
- que ambas personas presenten un testimonio de residencia en el Ecuador, el cual debe estar a nombre de cada una de ellas y tener una vigencia no mayor a 3 meses
- que ambas personas presenten un certificado de capacidad matrimonial, el cual debe estar a nombre de cada una de ellas y tener una vigencia no mayor a 3 meses. Este certificado se puede obtener en la Oficina de Registro Civil correspondiente al domicilio de cada una de las personas
- que ambas personas presenten un certificado de antecedentes penales, el cual debe estar a nombre de cada una de ellas y tener una vigencia no mayor a 3 meses. Este certificado se puede obtener en la Policía Nacional correspondiente al domicilio de cada una de las personas
- que ambas personas presenten dos testigos mayores de edad, quienes deberán presentar su cédula de identidad en original y copia simple
Una vez que se cumplan todos los requisitos, se debe solicitar la fecha de matrimonio en la Oficina de Registro Civil correspondiente al domicilio de cada una de las personas. El matrimonio se realizará en la Oficina de Registro Civil, en presencia de los testigos, y se deberá pagar una tasa por el tramite. Se entregarán copias simples del acta de matrimonio a las personas, quienes deberán legalizarlas ante la Cancillería del Ecuador, para que sean válidas en el país de origen de cada una de ellas.