requisitos para matrimonio civil ante notario

El matrimonio civil ante notario es un acto solemne y formal que se realiza en presencia de un notario público, quien funge como testigo y actúa como fedatario público de la celebración. Es importante señalar que el notario no tiene facultades para impedir el matrimonio, pues su función se limita a constatar que se cumplen los requisitos legales y que las partes contraen matrimonio libremente y de manera voluntaria. En México, el matrimonio civil ante notario es una figura jurídica regulada por el Código Civil Federal y por los códigos civiles de cada entidad federativa.

Para contraer matrimonio civil ante notario es necesario que las partes sean mayores de edad y gozen de plena capacidad de ejercicio. Asimismo, es requisito que las partes no estén impedidas por ninguna causa legal para contraer matrimonio. En el caso de las mujeres, se considera que están impedidas para contraer matrimonio si aún no han transcurrido 300 días desde la terminación de su último matrimonio. En el caso de los hombres, se considera que están impedidos para contraer matrimonio si aún no han transcurrido 200 días desde la terminación de su último matrimonio.

Para contraer matrimonio civil ante notario es necesario que las partes acrediten su identidad mediante la presentación de un documento oficial con fotografía emitido por las autoridades competentes. Asimismo, es necesario que las partes presenten un certificado de nacimiento actualizado. En el caso de las personas que hayan contraído matrimonio anteriormente, es necesario que presenten un acta de divorcio o de nulidad, según corresponda.

Para contraer matrimonio civil ante notario es necesario que las partes acrediten su domicilio mediante la presentación de un documento oficial emitido por las autoridades competentes. Asimismo, es necesario que las partes presenten una constancia de soltería o un certificado de matrimonio, según corresponda.

Una vez que las partes hayan cumplido con todos los requisitos necesarios, deberán comparecer ante el notario público de su elección para celebrar el matrimonio. En la celebración del matrimonio, las partes deberán manifestar libremente y de manera voluntaria su decisión de contraer matrimonio. Asimismo, deberán elegir el régimen de bienes que regirá su matrimonio. En México, los régimenes de bienes más comunes son el régimen de sociedad conyugal y el régimen de separación de bienes.

Una vez que las partes hayan contraído matrimonio, el notario público expedirá el acta correspondiente, en la que se hará constar la celebración del matrimonio y se harán mención a los datos personales de las partes, así como a los documentos que éstas hayan presentado. El acta de matrimonio será entregada a las partes, quienes podrán solicitar una copia certificada del mismo.

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