El matrimonio católico requiere de la disponibilidad de los contrayentes, de su libre albedrío y de su plena capacidad de actuar. Asimismo, deben estar libres de impedimentos canónicicos que prohíben o dificultan el matrimonio. Los impedimentos pueden ser de orden natural o de orden ecclesiástico. Los impedimentos naturales son aquellos que provienen de la ley natural, mientras que los impedimentos ecclesiásticos son aquellos que provienen de la ley eclesiástica. Algunos de los impedimentos más comunes son el matrimonio civil, la consanguinidad y la afinidad.
Para contraer matrimonio católico, los contrayentes deben estar dispuestos a vivir en fidelidad, en obediencia y en castidad. Además, deben estar dispuestos a procrear y educar a sus hijos de acuerdo a los principios de la fe católica. Para que el matrimonio sea válido, los contrayentes deben consentir libremente y de forma expresa a contraerlo. El consentimiento debe ser libre, consciente y verdadero. Los contrayentes deben estar plenamente conscientes de lo que están haciendo y de las consecuencias que pueden derivarse del matrimonio. El consentimiento debe ser verdadero, es decir, sincero y libre de error.
Para que el matrimonio católico sea válido, los contrayentes deben estar libres de impedimentos canónicicos. Los impedimentos canónicicos son aquellos que prohíben o dificultan el matrimonio. Algunos de los impedimentos más comunes son el matrimonio civil, la consanguinidad y la afinidad. El matrimonio civil es un impedimento canónico porque prohíbe el matrimonio entre un católico y un no católico. La consanguinidad es un impedimento canónico porque prohíbe el matrimonio entre personas que están emparentadas por consanguinidad. La afinidad es un impedimento canónico porque prohíbe el matrimonio entre personas que están emparentadas por afinidad.