Para obtener el título de familia numerosa se deben reunir una serie de requisitos, establecidos por el Real Decreto 8/2011, de 5 de enero, por el que se regulan las condiciones para otorgar el título de familia numerosa. En concreto, para obtener la calificación de familia numerosa general se deberá reunir al menos uno de los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto, que son los siguientes:
Además de reunir uno de estos requisitos, para poder obtener el título de familia numerosa el cabeza de familia deberá tener una edad comprendida entre los 25 y los 65 años. Y, en el caso de las familias numerosas monoparentales, la persona titular del derecho deberá ser madre o padre soltero, separado, divorciado, viudo o convivir en una relación de pareja de hecho de carácter estable, y ser responsable del cuidado y educación de los hijos.
Por último, para solicitar el título de familia numerosa se deberá acreditar que se cumple con el requisito económico. Concretamente, se deberá demostrar que la unidad familiar percibe unos ingresos anuales inferiores a 22.000 euros, salvo en el caso de familias numerosas monoparentales, en las que el límite será de 25.000 euros anuales.
Una vez que se cumplan todos estos requisitos, se podrá solicitar el título de familia numerosa. Para ello, se deberá presentar la solicitud correspondiente, acompañada de todos los documentos que sean necesarios, en la oficina competente de la comunidad autónoma en la que se residan.