requisitos para la nacionalidad por residencia

Para optar a la nacionalidad por residencia es necesario:

  • Residir legalmente en el país de acuerdo con la legislación vigente.
  • No haber estado ausente del territorio nacional por más de dos años consecutivos en los últimos cinco años.
  • Acreditar un conocimiento suficiente de una lengua oficial del Estado y, en su caso, de la historia, la geografía y la cultura del país.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • No haber sido condenado por un delito doloso en España o en el extranjero, con pena de privación de libertad superior a un año.
  • No estar sometido a pena de privación de libertad, inhabilitación especial para el ejercicio de derechos o cargos públicos o sanción penal de suspensión de derechos.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • No ser objeto de medidas de exclusión del territorio nacional por resolución judicial.

En general, para adquirir la nacionalidad española por residencia se requiere:

  • Tener la residencia legal en España durante cinco años.
  • No padecer enfermedad mental o física que impida el ejercicio de la función pública.
  • Acreditar un conocimiento suficiente de una lengua oficial del Estado y, en su caso, de la historia, la geografía y la cultura del país.
  • No haber sido condenado por un delito doloso en España o en el extranjero, con pena de privación de libertad superior a un año.
  • No estar sometido a pena de privación de libertad, inhabilitación especial para el ejercicio de derechos o cargos públicos o sanción penal de suspensión de derechos.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • No ser objeto de medidas de exclusión del territorio nacional por resolución judicial.

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