requisitos para la nacionalidad española por tarjeta comunitaria

Para obtener la nacionalidad española por tarjeta comunitaria, deberás cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano de la Unión Europea, Suiza, Islandia, Liechtenstein o Noruega.
  • Tener un parentesco directo con un ciudadano de la Unión Europea (por ejemplo, hijo, padre, abuelo, hermano, tío o primo).
  • Tener un vínculo matrimonial con un ciudadano de la Unión Europea.
  • Tener un parentesco indirecto con un ciudadano de la Unión Europea (por ejemplo, sobrino, nieto, tataranieto, cuñado o suegro).
  • Ser menor de edad y tener un parentesco directo con un ciudadano de la Unión Europea.
  • Ser menor de edad y tener un vínculo matrimonial con un ciudadano de la Unión Europea.
  • Tener residencia legal en España.
  • Cumplir con los requisitos del derecho a residir en España.
  • No tener ninguna prohibición de entrada o salida de España.
  • No tener ninguna condena en España o en otro país por un delito considerado grave o muy grave.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias en España.
  • Estar al corriente de las obligaciones militares en España (si procede).
  • No tener ninguna condena por un delito contra la seguridad del Estado en España o en otro país.
  • No tener ninguna condena por un delito contra la administración de la justicia en España o en otro país.
  • No tener ninguna condena por un delito de violencia contra la mujer en España o en otro país.
  • No tener ninguna condena por un delito de terrorismo en España o en otro país.
  • No tener ninguna condena por un delito de tráfico de drogas en España o en otro país.
  • No tener ninguna condena en España o en otro país por un delito de racismo o xenofobia.
  • No tener ninguna condena en España o en otro país por un delito de genocidio, crimen contra la humanidad o de lesa humanidad.
  • No tener ninguna condena en España o en otro país por un delito de guerra.

Para más información, por favor consulta el Reglamento (UE) nº 1231/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de diciembre de 2010, relativo a la libre circulación de ciudadanos de la Unión y de sus familiares.

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