Para poder jubilarse anticipadamente, los agentes de policía local deben cumplir una serie de requisitos:
- Tener al menos 25 años de servicio en la Policía Local, de los cuales, al menos, diez años han de ser en el cuerpo al que pertenezca el agente.
- No haber sido separado del servicio activo mediante expediente disciplinario en los cinco años anteriores a la solicitud de jubilación.
- No padecer enfermedad que imposibilite el desempeño de las funciones propias del cargo.
- No tener pendiente de resolver ningún expediente judicial en el que se le impute un delito doloso.
- No haber recibido sanción disciplinaria de suspensión del ejercicio del cargo en los cinco años anteriores a la solicitud de jubilación.
Una vez cumplidos estos requisitos, el agente de policía local podrá solicitar su jubilación anticipada al Ayuntamiento correspondiente.