Para jubilarse por vejez se requieren un mínimo de 20 años de cotización. Sin embargo, a partir de los 55 años de edad, los trabajadores pueden solicitar el retiro anticipado de las prestaciones, pero con un recargo del 5% por cada año que falte para cumplir los 60.
Para tener derecho a la pensión de vejez, es necesario haber cotizado un mínimo de 1,250 semanas, que equivale aproximadamente a 24 años. Si se cotiza por un tiempo menor, se tendrá derecho a una pensión proporcional.
A partir de los 60 años de edad, los trabajadores pueden solicitar el retiro de las prestaciones, sin ningún tipo de recargo.
Para aquellos trabajadores que cotizan por un tiempo menor al requerido, se les otorga una pensión proporcional.
En el caso de los trabajadores independientes, se requiere un mínimo de 750 semanas de cotización, para tener derecho a la pensión de vejez. A partir de los 65 años de edad, los trabajadores independientes pueden solicitar el retiro de las prestaciones.