Para jubilarse por enfermedad, el trabajador debe acreditar una discapacidad igual o superior al 33%. Además, deberá haber cotizado al menos 180 meses a la Seguridad Social, y no puede superar los 65 años de edad. Si el trabajador cumple estos requisitos, podrá jubilarse con una pension mensual que equivale al 100% de la base reguladora de cotización.
No obstante, el trabajador no podrá seguir trabajando una vez que se haya jubilado por enfermedad. En el caso de que el trabajador recupere su capacidad para trabajar, podrá solicitar la reactivación de su pensión, la cual será abonada a partir del mes siguiente al de la solicitud.