Los trabajadores que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social tienen derecho a jubilarse parcialmente a partir de los 63 años de edad, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
La jubilación parcial consiste en disminuir la jornada de trabajo y, por tanto, también la remuneración percibida. No obstante, el trabajador permanece en alta en la Seguridad Social y sigue cotizando para la pensión de jubilación.
La jubilación parcial tiene una duración máxima de 5 años, aunque el trabajador puede solicitar su prorroga por otros 5 años más.
Para solicitar la jubilación parcial, el trabajador debe dirigirse a la oficina de la Seguridad Social más cercana. Allí, deberá presentar los siguientes documentos: