Para inscribirse en el padrón de importadores de la Secretaría de Economía, se deberá:
1. Ser mayor de edad y tener capacidad legal para contratar.
2. No estar inhabilitado para ejercer el comercio exterior.
3. No estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes como persona física.
4. No ser una persona moral declarada en quiebra.
5. No haber sido sancionado con suspensión temporal de inscripción en el padrón de importadores.
6. No haber cometido infracción grave a las disposiciones de la Ley de Comercio Exterior.
7. No ser sujeto pasivo del impuesto sobre la renta.
8. No ser una dependencia o entidad paraestatal.
9. No ser una persona física.
10. No ser una persona moral constituida con fines de lucro.
Los interesados deberán presentar la solicitud de inscripción en el padrón de importadores ante la Secretaría de Economía, acompañada de los siguientes documentos:
1. Copia simple del acta constitutiva y, en su caso, del estatuto social vigente, en donde se señale el domicilio de la persona moral, así como los nombres, domicilios y firmas de sus representantes legales.
2. Copia simple del acta de nacimiento o, en su caso, del documento oficial que acredite la identidad y el domicilio del representante legal de la persona física.
3. Copia simple del comprobante de domicilio fiscal de la persona moral o, en su caso, del representante legal de la persona física, que no tenga más de tres meses de expedido.
4. Copia simple del RFC de la persona moral.
5. En su caso, copia simple de la clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona física.
6. En su caso, copia simple de la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, en donde se señale el domicilio del representante legal.
7. En su caso, copia simple del documento oficial expedido por la Secretaría de la Marina en donde se señale que la persona física es agente aduanal.
Una vez que la Secretaría de Economía haya recibido la solicitud de inscripción, le será asignado un número de registro y se le notificará al interesado para que se proceda a la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
La persona moral deberá estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con clave de importador y, en su caso, deberá tramitar la credencial del SAT para operar como importador.
La persona física deberá estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con clave de importador y, en su caso, deberá tramitar la credencial del SAT para operar como importador.