Para inscribir matrimonio en el Consulado de España en Santo Domingo, los cónyuges deben:
En el Consulado de España se exige que los contrayentes se inscriban en el Registro Civil de España, con independencia de que se haya celebrado o no el matrimonio en el país de origen. Si uno de los contrayentes no es español, deberá tramitar, previamente, la correspondiente autorización en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Para inscribir el matrimonio, los contrayentes deberán comparecer ante el Oficial del Registro Civil, acompañados de dos testigos mayores de edad, con su DNI o pasaporte en vigor. En el acta de matrimonio constarán, además de los datos identificativos de los contrayentes y de los testigos, el lugar y fecha de celebración del matrimonio, así como la declaración expresa de que ambos contrayentes han dado su libre consentimiento para contraer matrimonio.
Una vez inscrito el matrimonio, se extenderá, a petición de los contrayentes, un certificado literal del acta de matrimonio, que será gratuito si se solicita dentro de los tres meses siguientes a la inscripción. Si transcurrido este plazo se solicita el certificado, se cobrará un tasa según el tarifario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.