Para ingresar a la Marina de Guerra Colombiana como aspirante a Oficial de Armada, es necesario:
- Ser colombiano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
- No haber sido separado mediante sentencia ejecutoriada de un cargo público.
- No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delitos dolosos.
- No hallarse comprendido en ninguna de las prohibiciones del Estatuto de Seguridad Nacional.
- Tener entre 18 y 28 años de edad. (hasta el día 31 de diciembre del año en curso).
- Estar en posesión de la Tarjeta de Identidad.
- Estar en posesión del Certificado de Registro Civil de Nacimiento expedido por el Registrador Civil.
- Estar en posesión de la Licencia de Conducción de Automotor válida para el territorio nacional, de acuerdo con la clase de vehículo que conduzca.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el adecuado desempeño de las funciones a desempeñar.
- No tener tatuajes en ninguna parte del cuerpo, ni perforaciones en las orejas.
- Poseer un índice mínimo de coeficiente intelectual de 80 puntos, según la prueba de selección aplicada por la Escuela Naval.
- No haber recibido sanción disciplinaria de suspensión del ejercicio de derechos civiles y políticos, ni haber sido condenado criminalmente.
- No haber sido objeto de sanción penal, ni haber estado sometido a medida de seguridad.
- Haber superado satisfactoriamente el Examen Médico de Ingreso a la Escuela Naval.
- Haber superado satisfactoriamente el Examen Psicológico de Ingreso a la Escuela Naval.
- Haber superado satisfactoriamente el curso de adiestramiento general básico.
- Haber superado satisfactoriamente el curso de formación especializada en la Escuela Naval.
- No estar involucrado en investigación penal, judicial o administrativa.
Los requisitos exigidos para el ingreso a la Marina de Guerra Colombiana como aspirante a Infantería de Marina, son los siguientes:
- Ser colombiano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
- No haber sido separado mediante sentencia ejecutoriada de un cargo público.
- No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delitos dolosos.
- No hallarse comprendido en ninguna de las prohibiciones del Estatuto de Seguridad Nacional.
- Tener entre 18 y 28 años de edad. (hasta el día 31 de diciembre del año en curso).
- Estar en posesión de la Tarjeta de Identidad.
- Estar en posesión del Certificado de Registro Civil de Nacimiento expedido por el Registrador Civil.
- Estar en posesión de la Licencia de Conducción de Automotor válida para el territorio nacional, de acuerdo con la clase de vehículo que conduzca.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el adecuado desempeño de las funciones a desempeñar.
- No tener tatuajes en ninguna parte del cuerpo, ni perforaciones en las orejas.
- Poseer un índice mínimo de coeficiente intelectual de 80 puntos, según la prueba de selección aplicada por la Escuela Naval.
- No haber recibido sanción disciplinaria de suspensión del ejercicio de derechos civiles y políticos, ni haber sido condenado criminalmente.
- No haber sido objeto de sanción penal, ni haber estado sometido a medida de seguridad.
- Haber superado satisfactoriamente el Examen Médico de Ingreso a la Escuela Naval.
- Haber superado satisfactoriamente el Examen Psicológico de Ingreso a la Escuela Naval.
- Haber superado satisfactoriamente el curso de adiestramiento general básico.
- Haber superado satisfactoriamente el curso de formación especializada en la Escuela Naval.
- No estar involucrado en investigación penal, judicial o administrativa.