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Para ingresar a España por vía aérea, los ciudadanos de Colombia necesitarán presentar un pasaporte válido. No es necesario que el pasaporte tenga un mínimo de vigencia, pero se recomienda que este tenga al menos 6 meses de vigencia a partir de la fecha de ingreso a España. Además, es necesario que el pasaporte tenga al menos 2 páginas en blanco para los sellos de entrada y salida.

Los ciudadanos de Colombia que viajan a España con fines turísticos o de negocios, por un período de 90 días o menos, no necesitan obtener una visa de turismo. No obstante, es necesario que presenten una solicitud de autorización de viaje electrónico (ETIAS, por sus siglas en inglés), que se puede tramitar fácilmente a través de internet.

Para tramitar la ETIAS, es necesario que los ciudadanos de Colombia tengan un pasaporte válido, así como una tarjeta de crédito o débito. Además, se deben proporcionar algunos datos personales y de contacto, como el nombre, la fecha de nacimiento, la dirección actual y la dirección de correo electrónico. El proceso de solicitud de la ETIAS es rápido y sencillo, y una vez aprobada, la autorización de viaje electrónico estará vinculada al pasaporte del solicitante y será válida por un período de 3 años.

Los ciudadanos de Colombia que desean permanecer en España por más de 90 días necesitarán obtener una visa de larga estancia, la cual se puede solicitar a través de la Oficina de Correos o en la Embajada de España en Bogotá. Para solicitar la visa de larga estancia, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte válido
  • Fotografías tamaño carnet
  • Solicitud de visa debidamente cumplimentada
  • Documentación que justifique el propósito y las condiciones del viaje
  • Prueba de medios de subsistencia
  • Seguro médico de viaje con cobertura mínima de 30.000 euros
  • Billete de avión de ida y vuelta

La visa de larga estancia es válida por un período de hasta 90 días, y puede ser extendida por otros 90 días una vez que el ciudadano esté en España. Para solicitar la extensión de la visa, se debe acudir a la Oficina de Extranjería correspondiente. Se requerirá presentar los mismos documentos que se solicitaron para la visa de larga estancia, así como un justificante de haber estado trabajando, estudiando o realizando investigación en España durante el período de validez de la visa.

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