Los residentes extranjeros que deseen ingresar a la Argentina deberán presentar, al momento de solicitar el ingreso, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Pasaporte en vigor, según corresponda. Además, deberán completar y presentar la Declaración Jurada de Salud (disponible en los puestos de control aduanero y en los consulados argentinos), donde se deberá consignar si el viajero padece alguna enfermedad que implique riesgo para la salud pública. Asimismo, se deberá indicar si se ha estado en contacto con personas infectadas por algún virus durante los últimos 21 días.
Los pasajeros que ingresen a la Argentina por aeropuertos deberán someterse a un control sanitario y, en algunos casos, a una evaluación clínica por parte del personal médico del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica. En función de los resultados del control y de la evaluación clínica, se determinará si el pasajero deberá permanecer en aislamiento domiciliario o en un alojamiento provisto por el Estado Nacional.
Los pasajeros que ingresen a la Argentina por puertos marítimos deberán someterse a un control sanitario y, en algunos casos, a una evaluación clínica por parte del personal médico del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica. En función de los resultados del control y de la evaluación clínica, se determinará si el pasajero deberá permanecer en aislamiento domiciliario o en un alojamiento provisto por el Estado Nacional.
Los pasajeros que ingresen a la Argentina por puertos terrestres deberán someterse a un control sanitario y, en algunos casos, a una evaluación clínica por parte del personal médico del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica. En función de los resultados del control y de la evaluación clínica, se determinará si el pasajero deberá permanecer en aislamiento domiciliario o en un alojamiento provisto por el Estado Nacional.
Para viajar a la Argentina, los residentes extranjeros deberán contar con un pasaporte en vigor y con un visado, según corresponda. El pasaporte deberá tener una vigencia mínima de 6 meses a partir de la fecha de ingreso al país. Además, los pasajeros deberán presentar, al momento de solicitar el ingreso, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Pasaporte en vigor, según corresponda. Los pasajeros que no cuenten con un DNI o un Pasaporte en vigor deberán solicitar uno a las autoridades competentes de su país de origen.