La documentación necesaria para cruzar la frontera argentina-brasileña en vehículos de turismo es la siguiente:
Pasaporte: al día y con vigencia mínima de 6 meses. No es necesario para los ciudadanos argentinos, pero sí para los ciudadanos de otros países.
Permiso de circulación: es el documento que acredita que el vehículo está habilitado para circular. Se tramita en la sucursal de la Dirección Nacional de Tránsito de la provincia de residencia. No es necesario para los vehículos con matrícula argentina.
Seguro de responsabilidad civil: es obligatorio para todos los vehículos que circulan por la República Argentina, independientemente del país de matrícula. Se tramita en las sucursales de las compañías aseguradoras o en los corredores de seguros.
Licencia de conducir: es obligatoria para todos los conductores. No es necesario para los ciudadanos argentinos, pero sí para los ciudadanos de otros países.
Cédula verde: es el certificado de inscripción del vehículo. Se tramita en la sucursal de la Dirección Nacional de Tránsito de la provincia de residencia. No es necesario para los vehículos con matrícula argentina.
Certificado de empadronamiento: es el documento que acredita que el vehículo está inscripto en el Registro Nacional de Vehículos. Se tramita en la sucursal de la Dirección Nacional de Tránsito de la provincia de residencia. No es necesario para los vehículos con matrícula argentina.
Los pasajeros deberán presentar su documentación personal al personal de Migraciones al momento de cruzar la frontera. Los menores de 18 años deberán viajar acompañados por sus padres o tutores, o bien, deberán presentar una autorización notarial para viajar solos o con otras personas.