Para obtener la incapacidad permanente total se requiere que el trabajador haya sufrido una lesión que le impida desempeñar cualquier actividad laboral. Asimismo, deberá acreditar que dicha lesión se ha producido como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
En el caso de que la incapacidad permanente sea parcial, es decir, que el trabajador pueda desempeñar alguna actividad laboral aunque sea en una menor capacidad, se le reconocerá una pensión por incapacidad permanente parcial.
Para que una incapacidad sea permanente, deberá ser definitiva, es decir, que no exista posibilidad de que el trabajador recupere su capacidad laboral. No obstante, en algunos casos, la jubilación anticipada puede ser la mejor opción para el trabajador.