Para homologar un título no universitario en España, se debe presentar la documentación necesaria ante el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En concreto, se deberá presentar:
- Título original expedido por la institución de educación superior extranjera, en el que consten todos los datos identificativos del titulado (nombre, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, etc.) y los estudios realizados (créditos ECTS, asignaturas superadas, calificaciones obtenidas, etc.). El título deberá estar legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores o por la representación diplomática o consular española correspondiente.
- Documentación acreditativa de los estudios realizados, expedida por la institución de educación superior extranjera. En concreto, se deberá presentar:
- Memoria descriptiva de los estudios realizados, en la que se especifiquen: el plan de estudios seguido, las asignaturas superadas y las calificaciones obtenidas. Dicha memoria deberá estar legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores o por la representación diplomática o consular española correspondiente.
- Documentación que acredite que los estudios realizados en el extranjero son equivalentes a los estudios oficiales españoles de grado medio, grado superior o licenciatura. Para ello, se deberá presentar la certificación expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
- Documentación acreditativa del nivel de conocimiento de lengua española suficiente para el estudio de los programas de formación oficiales correspondientes. Para ello, se deberá presentar el Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE) de nivel B2 o superior, expedido por el Instituto Cervantes.
- Documentación acreditativa del nivel de conocimiento de lengua catalana o de lengua cooficial suficiente para el estudio de los programas de formación oficiales correspondientes. Para ello, se deberá presentar el Diploma de Catalán como Lengua Extranjera (DCLE) de nivel B2 o superior, expedido por el Instituto Cervantes.
- Documentación acreditativa de la identidad y nacionalidad española o de nacionalidad de país miembro de la Unión Europea. Para ello, se deberá presentar el DNI, el pasaporte o el tarjeta de identidad de extranjero.
- Documentación acreditativa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de un cuerpo, escalafón o servicio al que pertenezca o hubiera de pertenecer por resolución judicial, así como de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Una vez que se haya presentado toda la documentación necesaria, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dictaminará si el título extranjero es equivalente a un título universitario español o si es necesario que el titulado realice un programa de adaptación para poder obtener el título universitario español correspondiente.