requisitos para homologar titulo de arquitecto en españa

Para homologar el título de arquitecto en España, es necesario que el interesado cumpla con los requisitos siguientes:

  • Estar en posesión de un título de Arquitecto expedido por un centro educativo acreditado o reconocido oficialmente
  • Estar en posesión de un título de grado de Arquitectura o un título de Arquitecto Técnico expedido por un centro educativo español acreditado o reconocido oficialmente
  • Estar en posesión de un título de Arquitectura expedido por un centro educativo de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, siempre que el título de Arquitecto correspondiente esté reconocido oficialmente en el país de expedición del título y el sistema educativo del país de expedición del título reúna los requisitos establecidos en el anexo I del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales
  • Estar en posesión de un título de Arquitectura expedido por un centro educativo no perteneciente a la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, siempre que el título de Arquitecto correspondiente esté reconocido oficialmente en el país de expedición del título y el sistema educativo del país de expedición del título reúna los requisitos establecidos en el anexo I del Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales

Una vez que se cumplen los requisitos anteriores, el interesado deberá solicitar la homologación del título ante el Colegio Oficial de Arquitectos de España (COAE). Para ello, deberá presentar la documentación siguiente:

  • Solicitud de homologación del título, acompañada de los documentos que se indican en el modelo oficial (disponible en la página web del COAE)
  • Documentación acreditativa de que se cumple alguno de los requisitos establecidos en el apartado anterior
  • Documentación acreditativa de que se ha superado el examen de acceso a la profesión de Arquitecto (si procede)
  • Documentación acreditativa de que se ha superado el curso de formación específica en materia de seguridad y salud en el trabajo (si procede)
  • Documentación acreditativa de que se ha superado el curso de formación específica en materia de prevención de riesgos laborales (si procede)
  • Documentación acreditativa de que se ha superado el examen de aptitud profesional (si procede)
  • Documentación acreditativa de que se ha superado el examen de conocimientos de la legislación española aplicable a la profesión (si procede)
  • Documentación acreditativa de que se ha superado el examen de conocimientos de lengua española (si procede)

Una vez que se haya presentado la solicitud, el COAE se pondrá en contacto con el interesado para informarle de la documentación que falta y de los requisitos que debe cumplir.

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