Para poder acogerse a la ley de parejas de hecho en Madrid, se deben cumplir unos requisitos. En primer lugar, las personas que quieran acogerse a esta ley, deben ser mayores de edad y tener su empadronamiento en Madrid. Además, no pueden estar casadas ni unidas civilmente con otra persona, ni tener parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive. Las personas que quieran hacerse pareja de hecho en Madrid, deben solicitarlo voluntariamente y de forma libre.
Una vez que se cumplen estos requisitos, las personas que quieran hacerse pareja de hecho en Madrid, deben presentar una solicitud en el registro civil de la localidad en la que tengan su empadronamiento. En la solicitud, deberán indicar su nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, nacionalidad y profesión. Asimismo, deberán acreditar su identidad mediante el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia. También deberán presentar un certificado de empadronamiento en el que figuren las dos personas que solicitan hacerse pareja de hecho.
Una vez que se presenta la solicitud, se realiza una inspección domiciliaria para comprobar que las personas que solicitan hacerse pareja de hecho, convivan en el mismo domicilio y que dicho domicilio sea su residencia habitual y permanente. Si se cumplen todos estos requisitos, se otorga la certificación de pareja de hecho en un plazo máximo de un mes.