requisitos para hacerse pareja de hecho en galicia

Para poder optar a la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, es necesario que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de edad. Ambos miembros de la pareja deben tener 18 años cumplidos.
  • No estar casados ni unidos civilmente. No se podrá inscribir la relación de pareja de hecho si alguno de los miembros de la misma está casado o unido civilmente con otra persona.
  • Residir en Galicia. Ambos miembros de la pareja deben residir en Galicia de forma permanente o habitual.
  • No tener parentesco por consanguinidad ni afinidad hasta el tercer grado. No se podrá inscribir la relación de pareja de hecho si existe parentesco por consanguinidad o afinidad entre los miembros de la misma hasta el tercer grado.
  • No hallarse impedidos para contraer matrimonio. No se podrá inscribir la relación de pareja de hecho si alguno de los miembros de la misma se encuentra impedido para contraer matrimonio.

Para inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, ambos miembros de la pareja deberán presentar los siguientes documentos:

  • DNI, NIE o Pasaporte en vigor de ambos miembros de la pareja.
  • Certificado de empadronamiento actualizado de ambos miembros de la pareja.
  • Declaración responsable de no hallarse impedidos para contraer matrimonio ni unirse civilmente.
  • Documentación acreditativa de que no existe parentesco por consanguinidad ni afinidad entre los miembros de la pareja hasta el tercer grado.

Una vez que se hayan presentado todos los documentos, se dará un plazo de 10 días hábiles para que cualquier persona que considere que se están incumpliendo los requisitos para poder inscribirse como pareja de hecho, pueda presentar una oposición.

Si no se presenta ninguna oposición en el plazo establecido, o si las oposiciones presentadas no son admisibles, se procederá a la inscripción de la pareja de hecho en el Registro.

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