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Pareja de Hecho en Barcelona: ¿qué es y cómo se constituye?

La Pareja de Hecho es una figura jurídica que regula la convivencia de las personas que mantienen una relación afectiva y que comparten una vida en común, si bien no tienen vínculo matrimonial. Para ello, deben cumplir una serie de requisitos y seguir un determinado procedimiento.

Los requisitos que deben cumplir las personas que desean constituirse como pareja de hecho en Barcelona son los siguientes:

-Ser mayor de edad y no estar casadas ni en una relación de pareja de hecho registrada.

-Estar empadronados en la misma dirección en Barcelona.

-No tener parentesco ni afinidad hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

-No haber estado casados ni en una relación de pareja de hecho con la misma persona en los últimos cinco años.

-No tener pendiente ningún tipo de proceso matrimonial ni de pareja de hecho.

Una vez que se cumplen estos requisitos, las personas que desean constituirse como pareja de hecho deben presentar una solicitud ante el Registro Civil de Barcelona, acompañada de los siguientes documentos:

-DNI o pasaporte de las personas que solicitan el registro de pareja de hecho.

-Certificado de empadronamiento en Barcelona en el que figuren ambas personas como convivientes en la misma dirección.

-Declaración jurada en la que se certifique que las personas que solicitan el registro de pareja de hecho cumplen con todos los requisitos establecidos por la ley.

-En el caso de que alguna de las personas que solicitan el registro de pareja de hecho tenga hijos menores de edad, deberá presentar también el consentimiento de los progenitores o tutores para que puedan convivir con la otra persona.

Una vez que se presenta la solicitud y se aportan todos los documentos necesarios, el Registro Civil de Barcelona tramitará la solicitud y, si todo está en orden, concederá el registro de pareja de hecho a las personas solicitantes.

El registro de pareja de hecho tiene efectos a partir de la fecha en la que se presenta la solicitud, si bien no será oficialmente inscrito en el Registro Civil hasta que transcurran cinco días hábiles desde la presentación de la solicitud.

Una vez que se ha obtenido el registro de pareja de hecho, las personas que lo hayan solicitado tendrán los mismos derechos y obligaciones que las personas que están casadas, como, por ejemplo, el derecho a herencia, el derecho a la pensión de viudedad o el derecho a la custodia de los hijos en caso de separación.

No obstante, cabe señalar que el registro de pareja de hecho no es válido para todos los efectos, como, por ejemplo, para la adopción de niños o para la obtención de la nacionalidad española. Para estos efectos, es necesario que las personas que desean constituirse como pareja de hecho se casen.

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