requisitos para hacerse pareja de hecho en andalucia

Para formalizar la relación de pareja de hecho en Andalucía, ambos miembros de la pareja deben:

  • Estar empadronados en cualquiera de los municipios de Andalucía.
  • No estar separados legalmente ni en vía de divorcio.
  • No tener impedimento matrimonial.
  • No ser parientes en línea recta (abuelos/as, padres/madres, hijos/as, nietos/as) ni colaterales (hermanos/as, tíos/as, primos/as).
  • Ser mayores de edad o, si son menores, contar con autorización judicial.

Una vez que se cumplen estos requisitos, la pareja debe solicitar cita previa en el Registro Civil de cualquiera de los municipios de Andalucía.

En la solicitud de cita, se deberá especificar el municipio en el que se va a realizar la inscripción de la relación de pareja de hecho.

La cita previa se tramitará a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Andalucía:

  • Acceda a Sede Electrónica del Gobierno de Andalucía y seleccione el servicio de Citas previas y tramitación telemática.
  • Seleccione el tipo de cita que desea solicitar: Registro Civil.
  • Seleccione el trámite que desea realizar: Inscripción de relación de pareja de hecho.
  • Seleccione el municipio en el que desea tramitar el trámite.
  • Complete el formulario con los datos solicitados y pulse el botón Confirmar.
  • Seleccione la fecha y hora de la cita que desea solicitar y pulse el botón Confirmar.
  • Seleccione el medio por el que desea confirmar la cita: SMS o correo electrónico y pulse el botón Confirmar.
  • Se le remitirá al número de teléfono móvil o al correo electrónico que haya indicado, el número de confirmación de la cita.

Una vez que se tiene el número de confirmación de la cita, ambos miembros de la pareja deberán acudir al Registro Civil en la fecha y hora indicadas, con el número de confirmación y con los documentos necesarios para tramitar la inscripción de la relación de pareja de hecho:

  • DNI, NIE o pasaporte en vigor de ambos miembros de la pareja.
  • Certificado de empadronamiento de ambos miembros de la pareja.
  • Libro de familia o certificado de matrimonio en vigor, en el caso de que alguno de los miembros de la pareja sea viudo/a o separado/a legalmente.

Una vez que se presentan todos los documentos necesarios, se realiza la inscripción de la relación de pareja de hecho en el Registro Civil.

La inscripción de la relación de pareja de hecho en el Registro Civil implica el reconocimiento de los derechos y obligaciones que establece la Ley de Parejas de Hecho de Andalucía.

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