Para poder realizar una solicitud de reagrupación familiar en España, el ciudadano extranjero deberá reunir una serie de requisitos, entre los que se encuentran:
- Estar en posesión de un visado de residencia válido para España.
- Contar con un contrato de trabajo en España con una duración mínima de un año, o ser titular de un contrato de trabajo por tiempo indefinido.
- Tener seguro médico privado o estar cubierto por el Seguro de Salud de la Seguridad Social.
- Acreditar medios económicos suficientes para hacer frente a las obligaciones derivadas de la reagrupación, como son el pago de la cuota del Seguro de Salud y el alquiler de la vivienda, entre otros.
- No haber sido condenado en España o en el país de origen por un delito considerado grave según la legislación española.
- No figurar en el Registro Central de Penados y Rebeldes.
Una vez que se cumplan todos estos requisitos, el ciudadano extranjero deberá solicitar el visado de reagrupación familiar a través del Consulado de España en el país de origen, presentando la documentación que se indica a continuación:
- Pasaporte o documento de viaje válido.
- Formulario de solicitud cumplimentado y firmado.
- Fotografías tamaño carnet.
- Documentación acreditativa de los vínculos familiares que se pretenden reagrupar (partida de nacimiento, matrimonio, sentencia judicial, certificado de empadronamiento, etc.).
- Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades competentes del país de origen, con una antigüedad no superior a tres meses, en el que conste que el solicitante no ha sido condenado por un delito considerado grave según la legislación española.
- Documentación acreditativa de los ingresos percibidos por el ciudadano extranjero (contrato de trabajo, certificado de la Seguridad Social, declaración de la renta, etc.).
- Documentación acreditativa de los medios económicos suficientes para hacer frente a las obligaciones derivadas de la reagrupación (certificado del banco, declaración de la renta, etc.).
- Documentación acreditativa de que se dispone de una vivienda en España con las características adecuadas para alojar a todos los miembros de la familia (contrato de alquiler, certificado de empadronamiento, etc.).
- Documentación acreditativa de que se dispone de un seguro médico privado o de que se está cubierto por el Seguro de Salud de la Seguridad Social.
- Pago de la tasa correspondiente.