Para hacer reagrupación familiar, el ciudadano español debe estar en posesión de un permiso de residencia válido y tener un contrato de trabajo en vigor por un período mínimo de un año. También debe haber vivido en España durante al menos cinco años y carecer de antecedentes penales. Asimismo, debe acreditar que dispone de una vivienda adecuada y tener suficientes recursos económicos para mantenerse y a su familia. En el caso de los ciudadanos extranjeros no comunitarios, además de cumplir los requisitos anteriores, deben solicitar un permiso de residencia y trabajo en España.