Para hacer oposiciones a cualquier cuerpo de funcionarios de la administración pública española se requiere:
En cuanto a los requisitos mínimos académicos para optar a una plaza de funcionario, éstos serán los que se establezcan en las bases reguladoras de la convocatoria para cada oposición en particular.
En todo caso, según el artículo 6 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se establece el procedimiento común para la selección de personal funcionario de carrera de la administración general del Estado, las administraciones públicas podrán exigir al personal aspirante a un puesto de trabajo la superación de una prueba de conocimientos de carácter general, así como de otra de carácter específico cuando así lo determine la naturaleza del puesto a cubrir. No obstante, en el supuesto de que el candidato acredite una titulación académica oficial española de nivel superior, no será necesario que supere la prueba de conocimientos de carácter general.