Para poder iniciar el trámite de arraigo laboral se deberá acreditar que se cumple con los siguientes requisitos:
- Tener un contrato de trabajo vigente por un mínimo de tres meses, con un salario mensual que no sea inferior al salario mínimo general vigente en el país.
- No tener antecedentes penales ni estar sujeto a ningún proceso penal en curso.
- No haber sido deportado ni encontrarse en trámites de deportación.
- Contar con una carta de antecedentes no penales expedida por la autoridad competente de su país de origen o de residencia, si es el caso.
- No haber renunciado voluntariamente al trabajo que se realizaba en el país de origen.
- Realizar una solicitud por escrito en la que se acredite que se cumplen los requisitos anteriores.
Una vez que se cumplan los requisitos anteriores, se deberá presentar la documentación necesaria ante el Instituto Nacional de Migración (INM), quienes serán los encargados de evaluar el caso y, en su caso, autorizar el arraigo laboral.