Para hacer el canje del permiso de conducir español es necesario que el titular del permiso de conducir:
- Tenga una antigüedad mínima de un año de haber obtenido el permiso de conducción en el país de origen.
- No tenga ninguna sanción pendiente de ejecución ni esté inhabilitado para conducir en España.
- Presente el permiso de conducción original expedido por el país de origen, debidamente traducido y legalizado.
- Acredite haber superado un curso de formación teórico-práctico de conducción, si procede.
- Realice el examen teórico de conducción, si procede.
- Realice el examen de conducción, si procede.
Para realizar el canje del permiso de conducción español por uno de origen extranjero, es necesario que el interesado se dirija a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a su lugar de residencia.
En el caso de que el permiso de conducción no esté expedido por un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, será necesario que se tramite una nueva autorización de conducción en España, para lo cual es necesario:
- Tener una antigüedad mínima de un año de haber obtenido el permiso de conducción en el país de origen.
- No tener ninguna sanción pendiente de ejecución ni estar inhabilitado para conducir en España.
- Presentar el permiso de conducción original expedido por el país de origen, debidamente traducido y legalizado.
- Acreditar haber superado un curso de formación teórico-práctico de conducción, si procede.
- Realizar el examen teórico de conducción, si procede.
- Realizar el examen de conducción, si procede.
Los permisos de conducción expedidos por países no pertenecientes a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo que no figuren en el anexo II del Reglamento (CE) 1104/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2002, relativo a la homologación de los permisos de conducción de vehículos de motor, serán objeto de una nueva autorización de conducción en España.