Para formar una cooperativa en España se requieren un mínimo de cinco socios y un capital mínimo de tres mil euros. Además, se deberá constituir mediante escritura pública ante notario y registrarla en el Registro Mercantil. Se deberá redactar un estatuto social que recoja, al menos, los siguientes requisitos:
- Nombre y domicilio social de la cooperativa, así como la duración de su vida.
- Objeto social de la cooperativa.
- Requisitos para ser socio y los derechos y obligaciones de éstos.
- Modo de constitución y funcionamiento de las Asambleas Generales y de las Juntas Generales de Socios.
- Modo de gestión y administración de la cooperativa.
- Régimen de capital social y de reparto de beneficios.
Una vez constituida, la cooperativa deberá inscribirse en el Registro Mercantil. Para ello deberá aportar la siguiente documentación:
- Copia del acta de constitución de la cooperativa.
- Estatuto social.
- Escrituras públicas de los inmuebles destinados a la actividad de la cooperativa.
- Memoria anual de actividades.