Para poder beneficiarse de la libre circulación de personas en la Unión Europea, los ciudadanos de países de la UE y de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, así como sus familiares, tienen derecho a residir en España. No obstante, para poder residir en España como familiar de un ciudadano de la UE, es preciso que cumpla los siguientes requisitos:
- Ser un familiar directo del ciudadano de la UE que residirá en España. Se consideran familiares directos el cónyuge, los hijos menores de edad y los hijos mayores de edad que dependan económicamente del ciudadano de la UE. Asimismo, se consideran familiares directos los padres o abuelos del ciudadano de la UE que dependan económicamente de éste.
- Acreditar la relación de parentesco mediante el correspondiente certificado de nacimiento, matrimonio o, en su caso, sentencia judicial. El certificado de nacimiento debe estar expedido por las autoridades competentes del país de origen y traducido al español por un intérprete jurado. El certificado de matrimonio debe estar expedido por las autoridades competentes del país en el que se contrajo el matrimonio y, en su caso, traducido al español por un intérprete jurado. En el caso de que la relación de parentesco se base en una sentencia judicial, ésta deberá estar expedida por un tribunal español o por un tribunal del país de origen, y deberá estar traducida al español por un intérprete jurado.
- Tener suficientes recursos económicos propios para no convertirse en una carga para el sistema de prestaciones sociales español. En concreto, el familiar directo del ciudadano de la UE deberá disponer de una pensión, de un seguro de enfermedad, o bien de una carta de garantía bancaria en la que se comprometa el ciudadano de la UE a hacerse cargo de los gastos que pueda ocasionar al sistema de prestaciones sociales español. No obstante, si el familiar directo del ciudadano de la UE es menor de edad y no dispone de los recursos económicos necesarios, el ciudadano de la UE deberá hacerse cargo de los gastos que pueda ocasionar al sistema de prestaciones sociales español.
- Contar con un seguro de enfermedad que cubra los gastos sanitarios que puedan derivarse de su estancia en España. El seguro de enfermedad deberá estar contratado con una entidad aseguradora española o con una entidad aseguradora de un país de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. No obstante, si el familiar directo del ciudadano de la UE es menor de edad, el ciudadano de la UE deberá hacerse cargo de los gastos sanitarios que pueda ocasionar al sistema sanitario español.
- No estar incluido en ninguna de las prohibiciones de entrada y residencia establecidas en la legislación española. En concreto, no podrán residir en España los familiares directos del ciudadano de la UE que sean considerados una amenaza para la seguridad nacional, la seguridad pública o la salud pública.
Una vez que el familiar directo del ciudadano de la UE cumpla con todos los requisitos anteriormente mencionados, podrá solicitar el permiso de residencia en España en la Oficina de Extranjería correspondiente. No obstante, si el familiar directo del ciudadano de la UE es menor de edad, deberá solicitar el permiso de residencia en España acompañado de su representante legal. El permiso de residencia en España será gratuito y tendrá una validez de cinco años. Transcurrido este periodo de tiempo, el familiar directo del ciudadano de la UE podrá solicitar la renovación del permiso de residencia en España, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la legislación española.