requisitos para excedencia laboral

La excedencia laboral es una suspensión voluntaria del contrato de trabajo por un tiempo determinado. El trabajador mantiene la condición de afiliado a la Seguridad Social y no cotiza. Al finalizar este período, el trabajador puede volver a su puesto de trabajo o solicitar la baja definitiva.

Para poder acceder a la excedencia laboral, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos:

  • Estar contratado por un mínimo de 12 meses ininterrumpidos en la misma empresa.

  • No haber estado de baja por maternidad, paternidad, adopción o riesgo durante el embarazo durante los últimos 12 meses.

  • No haber solicitado ni estar disfrutando de un permiso de excedencia por estudios.

  • No estar en situación de incapacidad temporal ni de permiso por enfermedad común.

  • No estar cobrando ni haber cobrado una pensión por jubilación, invalidez o viudedad.

Una vez cumplidos estos requisitos, el trabajador debe solicitar por escrito la excedencia al empresario, especificando el motivo y el plazo de la misma. El empresario debe responder a la solicitud por escrito en un plazo máximo de 15 días.

La excedencia puede ser ordinaria o extraordinaria. La ordinaria se produce cuando el trabajador solicita la suspensión del contrato de trabajo por un motivo no previsto en la legislación laboral, como puede ser por cuidado de familiares o por estudios. La extraordinaria, por su parte, se produce cuando el trabajador solicita la suspensión del contrato de trabajo por un motivo previsto en la legislación laboral, como puede ser por maternidad o paternidad.

En el caso de la excedencia por cuidado de familiares, el trabajador debe especificar el parentesco y el plazo de la misma. El plazo de la excedencia no puede ser superior a tres años y el trabajador debe acreditar que va a cuidar a un familiar en situación de dependencia.

En el caso de la excedencia por estudios, el trabajador debe especificar el curso y el plazo de la misma. El plazo de la excedencia no puede ser superior a dos años y el trabajador debe acreditar que va a realizar un curso de formación.

En el caso de la excedencia por maternidad o paternidad, el trabajador debe especificar el plazo de la misma. El plazo de la excedencia no puede ser superior a un año y el trabajador debe acreditar que va a cuidar a un hijo menor de edad.

Una vez finalizado el plazo de la excedencia, el trabajador puede solicitar la reincorporación a su puesto de trabajo o solicitar la baja definitiva.

En el caso de la reincorporación, el trabajador debe solicitar por escrito la reincorporación al empresario con al menos 15 días de antelación a la fecha en la que desea reincorporarse. El empresario debe responder a la solicitud por escrito en un plazo máximo de 10 días.

En el caso de la baja definitiva, el trabajador debe solicitar por escrito la baja definitiva al empresario con al menos 15 días de antelación a la fecha en la que desea dar de baja. El empresario debe responder a la solicitud por escrito en un plazo máximo de 10 días.

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